Anonimizar registro de titularidad real para revisión interna y auditoría – Anonimización conforme al RGPD según Ley 10/2010 art. 4; RD 304/2014 arts. 4-6; RGPD art. 5
El registro de titularidad real identifica a las personas físicas que en última instancia poseen o controlan una entidad, conforme al art. 4 de la Ley 10/2010 y arts. 4-6 del RD 304/2014. anonym.legal seudonimiza nombres, participaciones y datos de identificación de los titulares reales, preservando la estructura de control para revisión interna y auditoría sin exponer identidades sensibles.
Cuándo se aplica
Aplica cuando los registros de titularidad real se comparten con auditores internos, equipos de segunda línea de defensa o consultores externos de gobierno corporativo. También aplica en la formación sobre detección de estructuras de titularidad compleja.
Cómo lo gestiona anonym.legal
- Sube el registro de titularidad real (PDF, DOCX, hoja de cálculo) a anonym.legal.
- El motor identifica el nombre, NIF/NIE/pasaporte, nacionalidad, domicilio y porcentaje de participación de cada titular real.
- Cada titular real recibe un seudónimo alfanumérico consistente aplicado en todos los registros y organigramas.
- El porcentaje de participación, la naturaleza del control (directo/indirecto) y la posición en la cadena de titularidad se conservan sin modificación.
- Las entidades jurídicas intermedias se seudonomizan por separado pero manteniendo la coherencia de la estructura de control.
- Se genera el mapa de reversión cifrado con residencia en la UE.
- El registro seudonimizado se exporta para uso exclusivo interno en revisión o formación.
Qué proporciona usted
- Registro de titularidad real en PDF, DOCX u hoja de cálculo
- Organigramas de control adjuntos (si los incluye el expediente)
- Documentación de soporte sobre la cadena de titularidad (si aplica)
Limitaciones y precauciones
- anonym.legal no verifica la exactitud de la información de titularidad real declarada; esa responsabilidad recae en el sujeto obligado.
- La seudonimización no exime de las obligaciones de declaración al Registro Mercantil ni a otros registros públicos de titularidad real.
- Estructuras de control muy complejas con múltiples niveles pueden requerir revisión manual para garantizar la coherencia de la seudonimización.
Preguntas frecuentes
¿Se mantiene la coherencia del seudónimo cuando el mismo titular aparece en varios clientes?
Dentro de un mismo expediente o lote procesado conjuntamente, el motor asigna el mismo seudónimo a la misma persona real. Si se procesan expedientes en sesiones separadas, la consistencia entre sesiones debe gestionarse a través del mapa de reversión.
¿Puede utilizarse el registro seudonimizado en una revisión de segunda línea de defensa?
Sí. El registro seudonimizado es adecuado para revisiones de segunda línea centradas en la calidad del proceso de identificación y en la coherencia de la estructura de control, siempre que los revisores no necesiten conocer las identidades reales para realizar su función.
¿Qué campos adicionales pueden incluirse en la seudonimización?
Además de los identificadores obligatorios, pueden seudonimizarse campos opcionales como el correo electrónico, el teléfono de contacto o referencias a documentos de identificación complementarios. El responsable de cumplimiento configura los campos objetivo antes del procesamiento.