Anonimizar certificados de empresa para análisis de prestaciones y auditorías – Anonimización conforme al RGPD según ET art. 49 (Real Decreto Legislativo 2/2015); RGPD art. 5; RGPD art. 6
El certificado de empresa acredita la relación laboral, las retribuciones y la causa de extinción conforme al art. 49 ET, identificando al trabajador por nombre, NIF y número de afiliación SS. anonym.legal seudonimiza estos campos para que el certificado pueda analizarse con fines estadísticos o de auditoría sin revelar la identidad del extrabajador.
Cuándo se aplica
Aplica cuando certificados de empresa deben compartirse con el SEPE para gestión de prestaciones de desempleo en fases de análisis preliminar, o cuando la empresa necesita auditar la coherencia de los certificados emitidos sin exponer datos personales de trabajadores.
Cómo lo gestiona anonym.legal
- Sube los certificados de empresa en PDF o DOCX a anonym.legal.
- El motor detecta nombre y apellidos, NIF/NIE, número de afiliación SS, IBAN, causa de extinción e importes.
- Cada trabajador recibe un seudónimo coherente vinculado a su categoría y antigüedad.
- Las bases de cotización, el período trabajado y la causa de extinción se conservan como datos estructurales.
- Se genera el mapa de reversión cifrado.
- El certificado seudonimizado se exporta en formato PDF o DOCX.
Qué proporciona usted
- Certificados de empresa en formato PDF o DOCX
- Información sobre el periodo de referencia
- Indicación de si la causa de extinción debe seudonimizarse
Limitaciones y precauciones
- anonym.legal no verifica la exactitud de los datos contenidos en el certificado; esa responsabilidad recae en el empleador.
- El certificado seudonimizado no puede sustituir al original para la tramitación de prestaciones de desempleo ante el SEPE.
- La causa de extinción puede ser un dato sensible en ciertos contextos; si no debe revelarse, debe indicarse expresamente.
Preguntas frecuentes
¿Puede el certificado seudonimizado utilizarse para auditorías internas de RRHH?
Sí. El certificado seudonimizado permite al departamento de RRHH revisar la coherencia de los datos sin acceder a información personal de los extrabajadores, lo que reduce el riesgo de tratamiento innecesario de datos personales.
¿Cómo se trata la causa de extinción del contrato?
La causa de extinción (art. 49 ET) se conserva por defecto como dato estructural relevante para el análisis. Si en tu caso la causa revela información sensible sobre el trabajador, puede configurarse para seudonimizarla también.