Anonimizar informes de videovigilancia laboral para investigaciones y auditorías – Anonimización conforme al RGPD según LOPDGDD art. 89; ET art. 20.bis (Real Decreto Legislativo 2/2015); RGPD art. 5
Las imágenes y los informes de videovigilancia en el entorno laboral son datos personales regulados por el LOPDGDD art. 89 y el art. 20.bis ET. Los informes escritos derivados de estas grabaciones identifican a trabajadores por nombre, cargo y descripción de conductas. anonym.legal seudonimiza estos informes para su uso en investigaciones internas o auditorías sin vulnerar la privacidad del trabajador.
Cuándo se aplica
Aplica cuando los informes escritos de videovigilancia deben compartirse con abogados externos para evaluar medidas disciplinarias, revisarse en auditorías de cumplimiento normativo o emplearse como material formativo en procedimientos de seguridad.
Cómo lo gestiona anonym.legal
- Sube los informes escritos derivados de la videovigilancia a anonym.legal en PDF o DOCX.
- El motor detecta nombre del trabajador, cargo, departamento, descripción de conductas y nombres de terceros presentes.
- Cada persona identificada recibe un seudónimo coherente en todo el informe.
- La descripción de hechos, fechas, cámaras implicadas y referencias normativas se conservan como contenido estructural.
- Se genera el mapa de reversión cifrado con residencia de datos en la UE.
- El informe seudonimizado se exporta en el formato original.
Qué proporciona usted
- Informes escritos de videovigilancia en PDF o DOCX
- Actas de entrevista derivadas del incidente si las hubiera
- Indicación de las personas y campos a seudonimizar
Limitaciones y precauciones
- anonym.legal procesa únicamente los informes escritos, no las grabaciones de vídeo.
- La empresa debe haber instalado el sistema de videovigilancia conforme al LOPDGDD art. 89, con señalización adecuada e información a los trabajadores.
- La seudonimización del informe no garantiza la admisibilidad de las grabaciones originales como prueba en procedimientos judiciales; esa valoración corresponde al abogado.
Preguntas frecuentes
¿Puede la empresa utilizar grabaciones de videovigilancia para procedimientos disciplinarios?
Sí, con condiciones. El LOPDGDD art. 89 permite el uso de videovigilancia para el control laboral si se han cumplido los requisitos de información previa. El informe seudonimizado del incidente es útil para la fase de asesoramiento, pero el procedimiento disciplinario formal requiere los documentos originales.
¿Qué ocurre si el informe menciona a clientes o terceros ajenos a la empresa?
Los clientes y terceros mencionados también son personas identificables y sus datos deben protegerse. El motor los detecta y seudonimiza con seudónimos diferenciados de los empleados, preservando la coherencia narrativa del informe.
¿La herramienta puede procesar las grabaciones de vídeo directamente?
No. anonym.legal procesa documentos de texto e imágenes estáticas incorporadas en ellos. El procesamiento de grabaciones de vídeo requiere soluciones técnicas especializadas de difuminado o pixelado de rostros, que están fuera del alcance de esta herramienta.