Anonimizar borrador de notificación STOR al supervisor para revisión interna – Anonimización conforme al RGPD según MAR (Reglamento UE 596/2014) arts. 16, 7; RGPD art. 6(1)(c)
Las notificaciones de operaciones o transacciones sospechosas (STOR) previstas en el art. 16 del MAR (Reglamento UE 596/2014) identifican a clientes cuyas operaciones generan sospechas razonables de abuso de mercado. anonym.legal seudonimiza el borrador de STOR para revisión interna por asesoría jurídica y compliance antes del envío definitivo a la CNMV.
Cuándo se aplica
Aplica cuando el borrador de una STOR requiere revisión interna por parte del equipo legal, del oficial de cumplimiento o del comité de cumplimiento de mercado, y se desea minimizar la exposición del nombre del cliente sospechoso durante el proceso de aprobación interna.
Cómo lo gestiona anonym.legal
- Sube el borrador de STOR en PDF o DOCX a anonym.legal.
- El motor identifica el nombre del cliente, NIF/NIE, número de cuenta, los valores o instrumentos financieros involucrados y las referencias a terceros vinculados.
- El cliente y cualquier tercero mencionado reciben seudónimos consistentes en todo el documento.
- La descripción de la operación sospechosa, el tipo de instrumento financiero, los volúmenes, las fechas y los motivos de la sospecha de abuso de mercado se conservan íntegros.
- Las referencias a la alerta interna del sistema de vigilancia se seudonomizan.
- Se genera el mapa de reversión cifrado, accesible únicamente al oficial de cumplimiento de mercado.
- El borrador definitivo con datos reales se envía a la CNMV a través del canal oficial sin modificaciones.
Qué proporciona usted
- Borrador de STOR en PDF o DOCX
- Datos de la operación sospechosa (volumen, instrumento, fechas)
- Indicación del instrumento financiero afectado (acciones, derivados, etc.)
Limitaciones y precauciones
- La STOR definitiva enviada a la CNMV debe contener los datos reales del cliente; la versión seudonimizada es exclusivamente para revisión interna.
- El MAR y los criterios técnicos de la CNMV pueden exigir formatos específicos para la STOR; la seudonimización se limita a la versión de revisión interna en formato libre.
- anonym.legal no evalúa si las operaciones descritas constituyen abuso de mercado en el sentido del MAR art. 7; ese juicio corresponde al oficial de cumplimiento de mercado.
Preguntas frecuentes
¿Puede enviarse la versión seudonimizada a la CNMV?
No. La CNMV requiere los datos reales del cliente para tramitar la STOR. El borrador seudonimizado es únicamente una herramienta de revisión interna previa. La notificación definitiva se envía con los datos originales a través del canal oficial.
¿Cuánto tiempo tiene la entidad para enviar una STOR?
El art. 16 del MAR establece que la notificación debe realizarse tan pronto como sea razonablemente posible, sin demora. El proceso de revisión interna con borrador seudonimizado debe ser ágil para no comprometer el cumplimiento del plazo regulatorio.
¿Se conserva la descripción de la sospecha de abuso de mercado?
Sí. La descripción detallada de los motivos de sospecha, la tipología de abuso de mercado (uso de información privilegiada, manipulación de mercado), los instrumentos financieros y los datos de la operación se conservan íntegros en el borrador seudonimizado.